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Liga Municipal Dominicana reconoce su potestad legal

 

Redacción Los Regionarios – Santo Domingo, R.D.

La Liga Municipal Dominicana (LMD), al emitir la Resolución No. 02-2025, mediante la cual reconoce formalmente la capacidad legal de los distritos municipales del país para establecer Oficinas de Planeamiento Urbano, conforme lo establece la Ley 368-22 de Ordenamiento Territorial y la Constitución de la República Dominicana.

Este reconocimiento no es un gesto simbólico, sino una afirmación institucional que exige al Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (MIVED) acatar la ley, especialmente en aquellos territorios que superan los 15,000 habitantes, tal como lo estipula el artículo 24 de la citada ley. Según los datos del censo de 2010, al menos 25 distritos municipales cumplen con ese umbral poblacional.

A pesar de lo estipulado en el marco legal, aún persiste una limitación operativa: estos distritos no pueden establecer sus propias tasas o arbitrios relacionados al uso del suelo, debiendo aplicar —de manera provisional— las tarifas del municipio cabecera al que pertenecen. No obstante, la resolución también reconoce que los consejos de regidores tienen la facultad de establecer arbitrios de manera regulada, lo que abre una puerta al avance fiscal local.

En palabras de Pedro Richardson, director ejecutivo de la Federación Dominicana de Distritos Municipales (FEDODIM), “llevamos tres años reclamando al MIVED el cumplimiento de esta ley, mientras su ministro continúa violando el artículo 24, que otorga a los gobiernos locales capacidad para autorizar el uso del suelo mediante estas oficinas”.

El documento, firmado el 28 de marzo de 2025 por Víctor D’Aza, secretario general de la LMD y presidente de su Comité Ejecutivo, también exhorta a los distritos municipales a contratar personal técnico calificado y dar prioridad al cumplimiento técnico y normativo, como medida clave para garantizar la calidad de los procesos de desarrollo urbano y territorial.

Entre los distritos que ya podrían implementar sus propias oficinas de planeamiento se encuentran Santiago Oeste, San Francisco de Jacagua, Hato del Yaque, San Luis, La Guáyiga, Pantoja, La Caleta, La Victoria, Verón Punta Cana, Villa Central, Quita Sueño, Las Lagunas, entre otros, ubicados en regiones que hoy experimentan un acelerado crecimiento urbanístico.

Además, la Resolución 02-2025 instruye al Comité Ejecutivo de la LMD —conformado por un alcalde de cada una de las 31 provincias y el Distrito Nacional, junto al presidente de FEDODIM— a gestionar ante el Congreso Nacional la elevación de estos distritos a categoría de municipios, permitiéndoles ejercer competencias plenas. También establece que la Dirección de Planeamiento Urbano deberá dar seguimiento técnico y presentar informes trimestrales sobre la implementación de estas oficinas a nivel nacional.

Este llamado ocurre en un momento de creciente preocupación ciudadana por el desorden urbano y la ocupación caótica del suelo en distintas demarcaciones del país. Hechos recientes, como el colapso en las inmediaciones del centro nocturno Jet Set, evidencian los riesgos de permitir construcciones improvisadas sin planificación, supervisión ni criterio técnico.

La sociedad dominicana exige acciones firmes en materia de desarrollo urbano sostenible, y esta resolución de la Liga Municipal representa una oportunidad histórica para ordenar el territorio desde lo local, con enfoque técnico, autonomía y responsabilidad. El tiempo de la improvisación debe dar paso al de la planificación estratégica, y los distritos municipales están listos para asumir ese rol.

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